Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar

Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar (aprobada por Decreto Ley nº. 16998, del 2 de agosto de 1979): Se trata de la principal norma del país en materia de seguridad y salud ocupacional. En ella se establece la protección a las personas y el medio ambiente, se consagra la participación tripartita, al igual que las obligaciones del empresario en materia de SST, la organización y las políticas a cargo del Ministerio de Trabajo y Salud y del Consejo Nacional Tripartito. Esta Ley tiene por objeto preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social viene ejecutando con mayor intensidad que la normal, un plan de Inspecciones Técnicas Laborales a las Empresas de todos los sectores de la actividad económica, a fin de verificar el cumplimiento de la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar No. 16998 de fecha 02/08/1979 y su normas complementarias, donde uno de los aspectos de mayor recurrencia en las observaciones es la falta del Plan de Higiene y la conformación de Comité Mixto, bajo conminatoria de aplicarse multas por incumplimiento e infracciones a leyes sociales.

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